Novedades Renta 2012 2ª parte

Hoy trataremos de las novedades en las deducciones de la renta del 2012.

 

Deducción por donativos:

Se consideran como actividades prioritarias de mecenazgo las donaciones y aportaciones vinculadas a la ejecución de los proyectos incluidos en el Plan Director de Recuperación del Patrimonio Cultural de Lorca.

 

Deducción por obras de mejora en viviendas: En la declaración de 2012 se puede aplicar el régimen de deducción por obras de mejora que corresponda a:

1. Obras realizadas y cantidades satisfechas, desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, en cualquier vivienda que sea propiedad del contribuyente o en el edificio en que esta vivienda se encuentre, excepto las viviendas afectas a actividades económicas.

2. Obras de mejora realizadas y cantidades satisfechas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 6 mayo de 2011 a vivienda habitual.

 

Deducciones por inversión empresarial: Por aplicación de la normativa del Impuesto sobre sociedades, para los contribuyentes en estimación directa:

1. Se incrementa el plazo para la aplicación de las deducciones por incentivos a la inversión, que pasan de 10 y 15 años a 15 y 18 años, respectivamente.

2. Se reduce para los periodos 2012 y 2013 del 35 por 100 al 25 por 100 el límite conjunto que opera para las deducciones por incentivos a la inversión.

3. Se prorroga la deducción por gastos e inversiones para habituar los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información

4. Se añaden nuevas deducciones en el ámbito empresarial, vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público.

 

Deducción vivienda habitual:

Se ha suprimido y por tanto no es aplicable en la declaración del ejercicio 2012 la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual adquirida antes del 20 de enero de 2006.

 

Deducción cuento vivienda:

A partir del 1 de enero de 2013 suprime la deducción por adquisición de vivienda habitual. Esta supresión afecta todos los contribuyentes, incluyendo los que tuvieran abierto una cuenta vivienda con anterioridad en esta fecha. Estos contribuyentes, si adquieren su vivienda en los cuatro años siguientes a la apertura de la cuenta (siempre que el plazo de 4 años venza a partir de 1 de enero del 2013), no pierden las deducciones practicadas, aunque no podrán deducir por adquisición de vivienda.

Los contribuyentes que prevean no adquirir la vivienda en este plazo, podrán regularizar las deducciones practicadas en ejercicios anteriores en la declaración de 2012, sin liquidar intereses de demora.

Esta opción no resulta aplicable a quienes hayan incumplido el plazo de los cuatro años en 2012 para adquirir su vivienda habitual, que tienen que regularizar en la declaración de 2012 las deducciones por cuenta vivienda aplicadas en ejercicios anteriores, liquidando, en todo caso, los intereses de demora correspondientes.

 

Deducciones en actividades económicas en estimación directa:

Se prorroga la reducción del 20% del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de ocupación.