Novedades Impuesto Sociedades 2013
El próximo 25 de julio finaliza el plazo para presentar el Impuesto sobre sociedades correspondiente al ejercicio 2013.
En este artículo se intenta informar de las principales novedades que afectan a esta presentación.
Nuevo tipo de gravamen especial:
Por las entidades de nueva creación a partir del 1 de enero de 2013, que cumplan un determinados requisitos, se ha establecido un nuevo gravamen especial que resultará aplicable durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva. El gravamen es:
Base imponible entre 0 y 300.000 €: 15%
Resto de base imponible: 20%
Deducción por inversión de beneficios:
Por ejercicios iniciados en el 2013 por las empresas de reducida dimensión, se aplicará una deducción del 10% y del 5% por micropymes con mantenimiento de plantilla, mediante una determinada fórmula, a los beneficios que se inviertan en elementos patrimoniales afectos a actividades económicas en el plazo comprendido entre el inicio del periodo impositivo en que se obtienen los beneficios objeto de inversión y los dos años posteriores.
Simultáneamente se tiene que dotar una reserva por un importe en la base de la deducción que será indisponible y mantenerla el tiempo que los elementos patrimoniales adquiridos tienen que permanecer en la entidad, en principio 5 años.
Exclusión de los límites de la deducción por I+D+i:
Las entidades que tributen al tipo general del 35%, o por escala de gravamen de las ERD (empresas reducida dimensión), que generen deducciones por actividades de I+D+i en periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2013, podrán, opcionalmente, quedar excluidas de los límites sobre la cuota integra del artículo 44 y aplicar las deducciones con un descuento del 20% de su importe a partir del año siguiente a su generación.
Limitaciones a las amortizaciones fiscalmente deducibles:
Una medida temporal para los ejercicios iniciados el 2013 y el 2014, limitando la deuda fiscal de las amortizaciones del inmovilizado material, intangible y de inversiones inmobiliarias al 70% del importe de la amortización, a las empresas que el importe neto de la cifra de negocios durante los 12 meses anteriores al inicio del ejercicio sea igual o superior a 10 millones de euros.
Gravamen reducido por la creación o mantenimiento de la ocupación:
Es mantiene el tipo del 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible y el 25% por el resto, por las microempresas (cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 trabajadores), si la plantilla media del 2013 iguala o supera la del 2008.
Deducción por gastos de formación del personal:
Es prorroga la deducción del 1% de los gastos de formación de los trabajadores en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información. Y cuando estos gastos superen la media de las efectuadas en los dos años anteriores, sobre el exceso se podrá deducir un 2%.