Autónomo o sociedad limitada unipersonal?

Autónomo o Sociedad Limitada Unipersonal, que es el mejor por mí?

Esta es la pregunta del millón. Ya sea al empezar una actividad económica, o bien, una vez empezada la actividad, saber qué figura permitirá ahorrar impuestos y conseguir más margen por el crecimiento.

 

Para poder comparar y escoger se tiene que valorar valorar en diferentes ámbitos, aunque lo más influyente es evidentemente el fiscal. Pero analicémoslos todos para tener una idea global.

Momento inicial:

 

 AUTÓNOMOS.L.UNIPERSONAL
TRÁMITES CONSTITUCIÓN
  • Simplicidad de trámites
  • Bajo coste para formalizar la actividad. No hace falta capital inicial ni trámites administrativos (notario, registro mercantil, etc.)
  • Mayor complejidad en los trámites de constitución
  • Mayor coste para formalizar la empresa. Se requiere capital inicial (3.005 €), trámites ante notarios, inscripciones en registro mercantil, etc…
TRÁMITES DE GESTIÓN
  • Simplicidad para gestionar la actividad. Las exigencias normativas son básicas
  • Gestión más compleja de la empresa, se tienen que cumplir normativas más exhaustivas, el que implicará más especialización
RESPONSABILIDAD
  • Ilimitada: sin separación entre corderos privados y empresariales
  • Limitada: se diferencia entre corderos privados y empresariales

 

Por lo tanto, en el primer momento debido al ahorro de costes y simplicidad de trámites, la mejor opción es darse de alta como autónomo.

Una vez iniciada la actividad, nos fijamos en la tributación:

 

AUTÓNOMOS.L.UNIPERSONAL
DECLARACIONES TRIMESTRALESDECLARACIONES TRIMESTRALES

Liquidación IVA e iRPF

Dos opciones:

Estimación directa
Concepto:

Pago en base a la facturación

Cálculo:

IVA pagar = IVA repercutido-IVA soportado

IRPF = 20% ganancia trimestre

Estimación Objetiva (módulos)
Concepto:

Pago de cantidad fija independientemente del volumen facturado

Cálculo:

Se basa en una serie de indicadores que dependerán del módulo

Liquidación IVA y *IS

Una opción:

Concepto:

Pago en base a datos contables

Cálculo:

IVA pagar = IVA repercutido –IVA soportado

*IS = 18% de la cuota íntegra del ejercicio anterior

DECLARACIONES CIERRE EJERCICIODECLARACIONES CIERRE EJERCICIO
  • La ganancia obtenida se trasladará a la renta del ejercicio
  • El IRPF es un impuesto progresivo, es decir que cuando se incrementan los ingresos se paga más. Según se ve en esta mesa tramos IRPF del 2013:
DeARetención
0€17.707,20€24,75%
17.707,20€33.007,20€30%
33.007,20€53.407,20€40%
53.407,20€120.000,20€47%
120.000,20€175.000,20€50%
175.000,20€300.000,20€51%
300.000,20€ 52%
  • Aplica un porcentaje fijo sobre la ganancia contable. Los tipos aplicables en el 2013 son:

Empresas reducida dimensión:

General —— 25%

Si se dan ciertas condiciones:

Hasta 120.202,41€ ——————– 20%

Desde 120.202,41€ ———————– 25%

Resto de empresas:

General —— 30%

 

A nivel fiscal se puede comprobar que, en términos generales, a partir de 33.000€ aproximadamente, un autónomo paga más impuestos que una empresa. Por lo tanto, a partir de esta cifra, cuánto más ingresos hayan menos pagará una empresa.

Otros temas a considerar son:

 

Contabilidad:

Las exigencias normativas obligan a las empresas a llevar una contabilidad más exhaustiva, a presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil, etc. En cambio los autónomos solo tienen la obligación de llevar un registro de facturas emitidas y recibimientos. Por lo tanto, en este caso la complejidad en la contabilidad de la actividad en la S.L.Unipersonal supone un mayor gasto, porque se necesitará una gestión profesionalizada.

 

Responsabilidad patrimonial:

Los autónomos tal y como se ha mencionado, responden con todos sus corderos; mientras que en una S.L.Unipersonal los socio solo responde por su aportación a la empresa, es decir que en caso de deudas solo se iría contra el patrimonio de la empresa.  En este punto, pues sale mucho mejor tratada la S.L.Unipersonal que el autónomo.

 

han otros temas en los cuales no hay diferencia entre autónomo y sociedad limitada unipersonal, por eso no forman parte de este artículo, como pueden ser la contratación de personal, el alquiler de local, etc…..